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Sentencia del Tribunal Supremo en recurso de casación del 16 de diciembre 2011 sobre la gestión de las subvenciones para la realización de programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del IRPF
Título completo:
Sentencia del Tribunal Supremo 8750/2011, del 16 de diciembre La Sentencia del Tribunal Supremo considera que las Comunidades Autónomas deben gestionarlas ayudas recaudadas por la casilla destinada a fines sociales de la declaración de la renta. El Tribunal Supremo ha dictaminado que la cuantía del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que el contribuyente decide si quiere destinarlo a fines sociales o a la Iglesia, se transferirá a las comunidades para que gestionen las ayudas que se derivan.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo falla a favor de lo solicitado por la Generalitat de Cataluña, que reclamaba la gestión al tratarse de dinero destinado a fines sociales, una competencia autonómica.
El Supremo sentencia que las autonomías, en “materia de asistencia social y actividad subvencional”, tienen “exclusividad” para la “distribución y control de las ayudas, aunque el Estado pueda determinar el montante”.
Identificación
País:
España
Tipo:
Sentencia
Entidad emisora:
Tribunal Supremo
Sala:
Sala de lo Contencioso
Número de resolución:
8750/2011
Ponente:
Celsa Pico Lorenzo Fuentes
Nombre de la fuente:
CENDOJ
Nº publicación:
2807913004
Fecha de publicación:
16/12/2011 | Adjunto | Tamaño |
|---|---|
| STS 16 de diciembre 2011.pdf | 48.5 KB |
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