Sentencia del Tribunal Supremo en recurso de casación del 16 de diciembre 2011 sobre la gestión de las subvenciones para la realización de programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del IRPF

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Título completo: 
Sentencia del Tribunal Supremo 8750/2011, del 16 de diciembre
La Sentencia del Tribunal Supremo considera que las Comunidades Autónomas deben gestionarlas ayudas recaudadas por la casilla destinada a fines sociales de la declaración de la renta. El Tribunal Supremo ha dictaminado que la cuantía del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que el contribuyente decide si quiere destinarlo a fines sociales o a la Iglesia, se transferirá a las comunidades para que gestionen las ayudas que se derivan. 
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo falla a favor de lo solicitado por la Generalitat de Cataluña, que reclamaba la gestión al tratarse de dinero destinado a fines sociales, una competencia autonómica. 
El Supremo sentencia que las autonomías, en “materia de asistencia social y actividad subvencional”, tienen “exclusividad” para la “distribución y control de las ayudas, aunque el Estado pueda determinar el montante”. 

Identificación

País: 
España
Tipo: 
Sentencia
Entidad emisora: 
Tribunal Supremo
Sala: 
Sala de lo Contencioso
Número de resolución: 
8750/2011
Ponente: 
Celsa Pico Lorenzo

Fuentes

Nombre de la fuente: 
CENDOJ
Nº publicación: 
2807913004
Fecha de publicación: 
16/12/2011
AdjuntoTamaño
STS 16 de diciembre 2011.pdf48.5 KB